Mediante la Resolución ANE No. 000398 del 3 de junio de 2026, la Agencia Nacional del Espectro (ANE) modificó la Resolución ANE 348 del 28 de mayo de 2024, a través de la cual se adoptó el Modelo de Vigilancia, Inspección y Control del Espectro Radioeléctrico.

La resolución modifica las definiciones de autogestión, inspección, interferencia y vigilancia; ajusta el principio de autorregulación; suprime la definición de planes de mejoramiento; y redefine las fases de vigilancia, inspección y verificación.

Qué significa para su operación

El ajuste acota el alcance de la inspección a los asignatarios del espectro radioeléctrico. Esto mejora la seguridad jurídica del vigilado, porque delimita el sujeto y el alcance de la actuación de control.

La supresión de los planes de mejoramiento cambia el enfoque. La ANE ya no gira alrededor de planes con criterios de construcción y evaluación poco definidos, sino de acciones correctivas frente a diferencias técnicas detectadas en la información reportada o en visitas de verificación.

El riesgo operativo para los PRST aumenta en materia probatoria. Cuando el vigilado no presente información, la propia resolución contempla el paso a una investigación administrativa sancionatoria. Por ello, conviene fortalecer matrices de obligaciones de espectro, soportes técnicos, trazabilidad de parámetros autorizados y reportes internos de cumplimiento.

Atención: la falta de presentación de información ante la ANE puede derivar directamente en una investigación administrativa sancionatoria.

Ver Resolución ANE 000398 de 2026 →